La AsAIH manifiesta su preocupación por las previsibles consecuencias patrimoniales y para la disponibilidad de información pública de la reciente resolución 44/2016 de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización de la Nación. Esta resolución no asegura la integridad física ni la preservación electrónica, es decir ni la autenticidad ni la recuperabilidad de los documentos generados por el Poder Ejecutivo Nacional.
Asimismo, en sus artículos 8 y 9 esta resolución modifica la competencia del Archivo General de la Nación para establecer qué documentación posee valor histórico y, por lo tanto, debe destinarse a guarda permanente. Esta atribución queda librada a autoridades administrativas y no especializadas (Directores Generales o Nacionales de las diferentes dependencias del Poder Ejecutivo Nacional), quienes podrán determinar qué documentos serán enviados al Archivo para ser conservados y cuáles, aun entre los digitalizados, pueden eliminarse vencidos sus plazos administrativos. Este procedimiento no sólo dejaría en manos no idóneas el destino de información potencialmente útil para la labor de los futuros historiadores sino que puede afectar el control ciudadano de los actos de gobierno. La normativa no hace referencia, por otra parte, a los criterios con que será definida la relevancia de los documentos a destruir ni el protocolo con el que se piensa asegurar la preservación de lo que se considere conservable.
Finalmente, advertimos que esta normativa entra en abierta contradicción con normas vigentes y de mayor jerarquía. En efecto, la Ley que fija las funciones de la Dirección General Archivo General de la Nación del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda (n° 15930) dispone que toda la documentación de los organismos del Estado debe ser fiscalizada por el AGN a los fines de disponer su guarda; en el mismo sentido, el decreto, 1131/16 dispone en su artículo 7mo que la «Dirección General del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INTERIOR de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA definirá los documentos y expedientes digitalizados que deberán conservarse en soporte original debido a su valor histórico».
Por todo lo dicho, la Asaih solicita al PEN que deje sin efecto o modifique los artículos 8 y 9 de la resolución citada a los fines de asegurar una política responsable de conservación de la documentación pública y un marco legal unívoco y no contradictorio en esta materia.
La solicitud ha repercutido fuertemente en los medios; aquí una nota en el diario Clarín al respecto.
[La resolución y los anexos relativos pueden consultarse en: